El periodo de presentación de ofertas para la primera subasta de energÃa, dentro del nuevo marco económico regulado por el Real Decreto 960/2020 (del que ya hablamos en nuestro blog), comenzó a mitad del pasado mes de diciembre y se cerrará el próximo 26 de enero, fecha en la que tendrá lugar la puja de 9.00 a 11.00 de la mañana.
La resolución de la convocatoria de la subasta se publicó en el BOE del 12 de diciembre del año pasado, basándose en el Real Decreto citado anteriormente y en el que se concreta el marco económico por el que deben regirse las energÃas renovables para la construcción y gestión de instalaciones generadoras de electricidad. También se ha tenido en cuenta la Orden TED/1161/2020 que determina un sistema retributivo por la producción de electricidad a partir de energÃas renovables, apoyándose en la aprobación, a largo plazo, de un precio por la electricidad generada.
No se contempla la cogeneración o producción simultánea de dos tipos de energÃa, como también ocurre en el RD 960/2020. Sigue a la espera de que se pueda regular un tipo de subastas similar al del resto de energÃas renovables y con las que dar valor a su capacidad para incluir plantas que trabajen con hidrógeno. También pretenden con ello que se les dote de la indispensable seguridad jurÃdica.
Las subastas constituyen las herramientas que se han creado para contribuir a la consecución de los 60 GW que pretende alcanzar el PNIEC 2021-2030.
Principalmente instalaciones nuevas, aunque también pueden optar plantas de quince años que vayan a ser modificadas significativamente o ampliaciones de otras ya construidas, siempre que no hayan comenzado a generar electricidad o contratado equipos antes del 26 de enero de 2.021, dÃa en que se celebrará la subasta.
Por supuesto, las instalaciones deben estar destinadas a la producción de energÃa renovable, estar localizadas en la red eléctrica de la penÃnsula y no contar con un sistema de almacenamiento.
Se admiten las siguientes fuentes de energÃa renovable:
Se pujar por:
Sà existe lÃmite de volumen de energÃa adjudicada a una única empresa o grupo de empresas, no pudiendo superar los 1.500 MW en total.
Hay varias fases:
Las pujas se ordenarán de menor a mayor valor económico hasta que se alcance el lÃmite para cada tecnologÃa a las que nos hemos referido anteriormente.
Quedan excluidas las ofertas que sobrepasen el precio de reserva, que en esta ocasión se considera confidencial. El precio de reserva es el establecido para la venta de la electricidad en el pool en base al precio de mercado spot, forward y el coste de la tecnologÃa.
También se excluirán las ofertas que sean inferiores al precio de riesgo (0,00 euros/MWh).
La subasta debe ser verificada por el OMIE y la CNMC. Los resultados serán publicados.
Mientras esté dentro del plazo de entrega, está obligado a poner a la venta el volumen de energÃa adjudicado al precio de subasta (corregido con un ajuste de mercado, del 25% en el caso de las tecnologÃas gestionables y del 5% en las no gestionables).
Ambos aspectos, el plazo lÃmite de entrega y el precio de la subasta no podrán ser modificados.
A pesar de todo, será posible participar en el mercado libre siempre que:
Se deben tener en cuenta un par de factores adicionales:
Otros requisitos que se deben observar son:
El plan deberá ser actualizado y redactado definitivamente al presentar la solicitud de inscripción en el registro electrónico del régimen económico de energÃas renovables en explotación. Esta presentación deberá realizarse en 30 dÃas como máximo, desde la fecha lÃmite en que la instalación debe estar disponible o, si se diera el caso, desde la fecha de expulsión del régimen económico de energÃas renovables, señalado en la convocatoria.
Si necesita asesoramiento o ayuda para presentar su solicitud, en futuras convocatorias, puede contar con aBalados. Somos una ingenierÃa con años de experiencia, especializada en la energÃa solar fotovoltaica. Nuestro equipo de profesionales pondrá a su servicio todo nuestro Know-how para rentabilizar y optimizar su inversión.